07/02/18

Nuevas reglas relativas al tráfico aduanero

Las normas relativas al tráfico aduanero internacional viario de salida están evolucionando y tal cambio puede ser verificado en las siguientes alteraciones: el tráfico aduanero internacional pasará a ser procesado mediante el Siscomex Trânsito, será integrado al nuevo sistema informatizado de control aduanero de exportación con utilización de la plataforma WEB y permitirá la sustitución del relleno de formulario de MIC/DTA en papel por MIC/DTA de salida electrónicos para países que celebraron acuerdo de utilización del MIC/DTA.

La seguridad de la información en el proceso de exportación será ampliada a la medida en que el transportador tendrá que prestar declaraciones en los sistemas informatizados, mediante el registro del MIC/DTA de salida en Siscomex Trânsito y el registro de los datos de carga que alimentarán de forma automática los datos de embarque de Siscomex Exportación.

Es importante señalar que las informaciones de tráfico aduanero con utilización del MIC/DTA de salida electrónica, desde el inicio de la operación de tráfico hasta su conclusión en Brasil, alimentarán el Sistema Informatizado de Tráfico Aduanero Internacional (SINTIA), cuando implementado.

Las IN`s RFB nºs 1.741 y 1.742/2017 alteran, respectivamente, IN RFB nº 248/2002 y las IN RFB nºs  28/1994, 1.381/2013 y 1.702/2017

Las Alteraciones en las normas fueron necesarias para la implementación de la nueva versión de Siscomex Exportación Web, que racionaliza toda la cadena de las operaciones de comercio exterior.

Las implementaciones en las IN`s RFB nºs 28/1994 y 248/2002 están relacionadas a la Declaración de Exportación procesada en Siscomex Exportación Web (DE Web), a la implantación del Manifiesto Internacional de Carga/Declaración de Tráfico Aduanero (MIC-DTA) de salida electrónico en el Siscomex Trânsito, y al Conocimiento Electrónico Viario (CE Viario) en el Siscomex Carga.

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